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Regla general de la depreciación y amortización

DECRETO 10-2012

ARTICULO 25. Regla general de la depreciación y amortización.

Las depreciaciones y amortizaciones cuya deducción admite este libro, son las que corresponde efectuar sobre bienes de activo fijo e intangible, propiedad del contribuyente y que son utilizados en las actividades lucrativas que generan rentas gravadas.

Cuando por cualquier circunstancia la cuota de depreciación o de amortización de un bien no se deduce en un período de liquidación anual, o se hace por un valor inferior al que corresponda, el contribuyente no tiene derecho a deducir tal cuota en períodos de imposición posteriores.


COMENTARIO

Para una mejor comprensión de esta disposición, a continuación presentamos un ejemplo:

La empresa Rojo, S. A. deprecia su mobiliario y equipo, cuyo costo de adquisición fue de Q 50,000, ya el IVA excluido y el porcentaje de depreciación a aplicar es el 20% anual, por lo que el comportamiento de las depreciaciones se presenta de la siguiente manera:

Aplica el 20% de depreciación en el año 1 y 2, en el año 3 no aplica depreciación y en el año 4 aplica el 10% en el año 5 aplica el 20%.

Monto de depreciaciones aplicadas y contabilizadas como gasto:

regla1

Al finalizar el año 5 el valor en libros del activo sería el siguiente:

regla2

Conforme a las normas de este artículo, el saldo de Q 15,000, ya no será deducible en períodos de imposición posterior, porque es el resultado de no haber aplicado depreciación en un período o bien el haber aplicado un porcentaje menor.

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